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¿Por qué es Aconsejable Tomar un Seguro en Chile?
En los ramos de Marine y de Carga,
existe siempre la posibilidad de
tomar un seguro en Chile o en el extranjero, dada la propia naturaleza del
comercio internacional. De hecho, es habitual escuchar que compré FOB o CIF o
algún otro INCOTERMS, sin detenerse en evaluar las consecuencias que tiene al
tomar un seguro en el extranjero o en Chile.
Dado que es
una pregunta recurrente que nos hacen los asegurados, lo cual se ha hecho más
frecuente en el último tiempo, a
continuación entregaremos en forma muy resumida algunos de los puntos que
debieran ser considerados al momento de decidir donde tomar el seguro. No
es nuestro objetivo ser exhaustivos en esto, ya que el tema es más largo que lo
que se puede aspirar en este texto, sin embargo, pensamos que es de utilidad
para un primer análisis.
Lo primero que se debe tener
presente, es que un seguro comercializado en Chile posee un condicionado
general aceptado y visado por la Comisión del Mercado Financiero (CMF), lo cual asegura que las condiciones
de cobertura han sido revisadas y validadas por la autoridad y que están en
idioma español. La CMF, motiva a que la póliza de seguros esté bien definida,
estructurada y pueda ser comprendida por los asegurados y así mismo exige que
las compañías de seguros cumplan con los requisitos de patrimonio y niveles de
seguridad exigidos por la autoridad.
La ley Chilena es el marco legal que
regula los seguros en Chile; es moderno, claro y ha sido probado y mejorado en los distintos eventos
catastróficos que hemos vivido en la última década. Tanto el código de comercio
en su título VIII de Los Seguros como las normas que lo rigen, son del año
2013, por lo cual recoge los requisitos necesarios de una operación fluida. Asimismo,
es posible indicar que el sistema legal Chileno tiene por característica
defender y proteger al asegurado, ya que lo reconoce como la parte débil en el
contrato de seguro.
En caso de siniestro, el proceso de denuncio y liquidación
del reclamo, se encuentra normado, es conocido, es claro y es ejecutivo. Los conceptos introducidos de: transparencia,
celeridad y objetividad, permiten que la liquidación se realice con rapidez y
como resultado tenga un bajo nivel de conflicto. Un ejemplo entre los muchos que se pueden dar,
es que existen límites de tiempo para emitir los informes de liquidación y que
estos deben despacharse al asegurado y asegurador en forma simultánea; como
también la definición y tiempo para el pago de la indemnización por parte del
asegurador. Son valiosos atributos para
el asegurado.
En caso que exista conflicto en el monto recomendado a indemnizar,
la ley y la regulación entregan un procedimiento claro y ágil, el cual resuelve
a un bajo costo y en un breve plazo esta controversia, en relación a lo que se
usa en el extranjero. Sin duda, este sistema de resolución ha motivado que la
tasa de conflicto de seguro en Chile
sea una de las más bajas en el mundo.
Al tomar una póliza en Chile, los términos del contrato de
seguros son conocidos por el asegurado, en su condicionado general y
condicionado particular, tales como: deducibles, garantías y exclusiones,
obligaciones de las partes, entre otras, lo cual es muy importante. Del mismo modo, el asegurado contará con la
asesoría de su corredor de seguro, quien podrá recomendar la póliza más
conveniente, considerando la operación de comercio internacional y lo que se
está dispuesto a pagar.
Toda operación y contrato se basa en
la forma de cómo se hacen las cosas en el país donde se toma el seguro junto a
sus costumbres comerciales. De tomar un seguro en Chile, no es posible desatender o negar los
procedimientos normales y habituales que existen a los cuales se ve sometida la
operación comercial. Muchas veces en países desarrollados y que comercializan
sus seguros, son difíciles para comprender estas situaciones. Un ejemplo claro
de ello es la figura de productos en almacén particular, la cual es muy poco
comprendida en el extranjero.
Si
bien las pólizas de carga son endosables por la propia naturaleza del contrato,
es distinto ser un beneficiario de la póliza, a ser considerados
como contratante y asegurado de la misma. Al ser contratante, se conocen los
términos en que se materializó el contrato de seguros y recibe la asesoría de
su corredor de seguros.